Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Agua Blanca y San Rafael de Onoto del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: INADMISIBLE la presente demanda interpuesta por los ciudadanos: EIDER JOSE JARAMILLO HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.902.725 y SANYELIS FLORELYS SUAREZ RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-24.653.593, Debidamente asistidos por el Abogado en Ejercicio: LUIS ALBERTO MARRERO BALOA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.844.262 inscrito en el Inpreabogado, bajo el número: 293.661. Contra los Ciudadanos: JOSE MANUEL ARENAS TORREALBA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.868.266, OSCAR VICENTE ARENAS TORREALBA, venezolano,.....