Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, incoada por el ciudadano: RICARDO JOSÉ ORELLANA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-5.971.539, en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil SERVICIOS AGROECOLOGICOS SER AGRO, C.A., debidamente protocolizada ante la Oficina del Registro Mercantil Primero del estado Portuguesa, bajo el N° 44, Tomo 10-A, RM410, de fecha 31-05-2022, contra la SOCIEDAD MERCANTIL PROMOTORA HLRH C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero del estado Portuguesa, bajo el N° 09, Tomo 4-A, en fecha 28-04-1998 y modificada según acta inserta bajo el N° 29,Tomo 27 –A RM410, de fecha 30.....