´´´Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en su condición de director y garante del debido proceso, decide:
PRIMERO: Se ORDENA recabar por vía de oficio ante Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, COPIAS FOTOSTÁTICAS CERTIFICADAS del Auto de fecha 09/04/2026, la diligencia mediante el cual el mismo fue apelado, de fecha 15/04/2026, y finalmente, el auto que niega dicha apelación de fecha 20/04/2026, correspondientes a la solicitud de Consignación Arrendaticia, por cuanto tales documentos representan presupuestos procesales necesarios para la resolución de la presente causa.
SEGUNDO: Una vez consten en autos las referidas actuaciones, este Juzgado Superior procederá de inmediato a dictar el correspondiente fallo.
Publíquese, r.....