Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
UNICO: Se declara SIN LUGAR la recusación formulada por el abogado Pedro Pablo Durán en su carácter de apoderado judicial del demandante Valerio Azuaje Colmenares contra la abogada MARITZA DEL CARMEN SANDOBAL PEDROZA Jueza Provisoria del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa.
Publíquese, regístrese y déjese copia del presente fallo.
Dictada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Superior, en Guanare, a los catorce (14) días del mes de mayo de dos mil veintiséis. Años: 216° de la Independencia y 167º de la Federación.-