Por los anteriores razonamientos, este Tribunal Segundo Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de La Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Reconocimiento de Contenido y Firma de Documento Privado, incoada por la ciudadana: RENA BEATRIZ PARRA ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.13.041.474, de este domicilio, contra la ciudadana: ANA LUISA MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°8.064.588. Referente a la Venta de un inmueble consistente en una parcela de terreno propio con una casa sobre ella construida, ubicado en el barrio Maturin 1, carrera 10, entre calle 14 y canal de desagüe, Municipio Guanare estado Portuguesa; con una área de TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (347 m2), con las siguientes característic.....