DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente explanados, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR los reparos graves postulados por la Profesional del Derecho: TANIA MARIA RIVERO PARGAS, en su condición de apoderada judicial del demandado ciudadano: MÁXIMO ANTONIO RODRÍGUEZ VILLEGAS, plenamente identificados en la narrativa de la presente decisión, al informe de partición que presentó el Partidor Ingeniero Agrónomo CELSO JOSÉ GONZÁLEZ HERRERA, en fecha 10-10-2025, cursante a los folios 190 al 219 de la primera pieza de la causa principal.
SEGUNDO: SE ORDENA al Partidor presentar un nuevo informe dentro de los diez días siguientes, bajo los parámetros establecidos en la presente decisión, una vez quede firme la presente decisión.....