´DECLARA la presente actuación suficiente para acreditar a los ciudadanos BRACHO PEROZO BASSIL DE JESÚS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.661.562, BRACHO RODRÍGUEZ JESÚS GUAICAIPURO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-31.427.081 y BRACHO RODRÍGUEZ JUAN DE JESÚS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-32.443.158, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS sobre los bienes dejados por la de cujus RODRÍGUEZ DE BRACHO CARMEN YANELY, quien en vida era venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.391.092 y ASÍ SE DECIDE Y ESTABLECE.
Devuélvase original de las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa su anotación de todo lo actuado en el Libro Diario de este Tribunal.
JUEZ,
ABG. WILFREDO ESPINOZA LÓPEZ
SECRETARIA,
ABG. DANIELA FRANCHI HERNÁNDEZ
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