DECISIÓN
Por todos los anteriores razonamientos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer de la demanda de Reconocimiento de Contenido y Firma, interpuesta por la Comunidad de Productores de FUTURAGRO asistida por el Abogado JUAN J. ARRAIZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 226.134, representada por su Apoderada General MARIELA GREGORIA DE LOS SANTOS GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 13.738705 de este domicilio, según Poder autenticado ante la Notaria Publica Primera del Municipio Baruta del estado Miranda, Tomo 9, Folios 16 hasta 19, de fecha 25 de Septiembre de 2020 en contra del ciudadano EDWIN YEREMY MEDINA ARRIECHI, venezolano, mayor de edad, titu.....