En consecuencia por cuanto no ha habido oposición éste Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio San Genaro de Boconoito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle al ciudadano LUIS ALFONSO MOLINA CONTRERAS, Y a los ciudadanos: Elio Antonio Molina Contreras, José Gilberto Molina Contreras, Ana Teresa Molina de Ramírez, Alba Rosa Molina Contreras, Alix Molina Contreras, Frutoso Molina Contreras, María Coromoto Molina Contreras, Navis Molina Contreras, Yordelys Molina Contreras, Ramón Abrelio Molina Contreras, Karina Molina de Burgos, Luis Alfonso Molina Contreras, Ana Cleotilde Contreras. Plenamente identificados, en su condición de cónyuge e hijos. La cualidad de Únicos y Universales Hereder.....