Por los anteriores razonamientos, este Tribunal Segundo Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de La Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Reconocimiento de Contenido y Firma de Documento Privado, incoada por la ciudadana: MARIA ELENA MONTILLA BAPTISTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.11.396.499, de este domicilio, contra la ciudadana: ANGELICA GREGORIA FAGUNDEZ RESTREPO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°25.425.845. Referente a la Venta de un inmueble consistente en una parcela de terreno propio con una casa sobre ella construida, ubicada en el Barrio 19 de Abril, sector 2, calle 7, casa s/n, de esta ciudad de Guanare del estado Portuguesa; con una área de TRESCIENTOS SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON SETENTA Y SEIS CENTIMET.....