III
DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TURÉN, SANTA ROSALÍA Y ESTELLER DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SE APRUEBA LA HOMOLOGACIÓN DEL CONVENIMIENTO A ESTA DEMANDA, presentado por la parte demandada, ciudadano: ANGEL ALBERTO JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V.- 12.526.419, domiciliado en Callejón 2-C con Avenida 4 Barrio Rómulo Gallegos Parroquia Villa Bruzual del Municipio Turen Estado Portuguesa, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio YAMIR ANTONIO CASTILLO MENA, venezolano, mayor de edad, inscrita en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo el Nº 286.741, la cual mediante escrito que riela al folio (F- 10), en el presente juicio.
SEGUNDO: RECONOCIDO, el documento priva.....