DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto en fecha 20 de agosto de 2025, por el Abogado ALEXANDER R. VELÁSQUEZ M., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 72.928, en su condición de defensor privado de los acusados MARIO JOSÉ BRICEÑO HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-10.926.594, y JOSMIR MARGLE BRICEÑO CHACÓN, titular de la cédula de identidad Nº V-22.838.937, en contra de la decisión dictada en fecha 23 de julio de 2025 y publicada en fecha 7 de agosto de 2025, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Nº 3, extensión Acarigua, en la causa penal Nº PK11-P-2024-000001; y SEGUNDO: Se FIJA la co.....