Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la solicitud de revisión de medida al acusado EVARDO ANTONIO COLEMANARES, venezolano, mayor de edad, de oficio: indefinido, titular de la cédula de Identidad N° 14.272.190, soltero, residenciada en el Barrio El Esfuerzo, Villa Araure Uno de la ciudad de Araure del estado Portuguesa, acusado de la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULOS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores y en consecuencia se extendiende el lapso de presentación a cada 30 días de conformidad con el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 264 eiusdem.