Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución N° 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA PENA TOTAL, al ciudadano MORENO JUSTO VICTOR MANUEL, venezolano, natural de Biscucuy, Estado Portuguesa, nacido el 08-05-1.971, de 35 años de edad, Titular de la cédula de Identidad Nº 12.895.492, residenciado en el caserío Villa Rosa, calle principal, (carretera de tierra) diagonal a la Bodega del Sr. Humberto, Biscucuy Municipio Sucre del Estado Portuguesa, de conformidad con el Artículo 105 del Código Penal, por cumplimiento de la misma, por la comisión del delito de HOMICIDIO, CULPOSO, previsto y sancionado en el Artículo 409 del Código Penal.
Regístrese, notifíquese, déjese copia y Archívese.