En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Transito y con competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescentes de este Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Sin Lugar la demanda de obligación alimentaria, incoada por la ciudadana ZOILA JOSEFINA PARRA en representación de su hija, LP, de ocho años de edad, contra el ciudadano EDGAR ANTONIO MATHEUS, ambos identificados.
En consecuencia, la prenombrada niña, queda en libertad para interponer, en juicio separado, la pretensión de inquisición de paternidad y/o reconocimiento de hija del demandado, ya que el presente fallo no constituye cosa juzgada en esta materia de conformidad con el artículo 1395 ordinal 3º del Código Civil; y así se decide.
Se declara sin lugar la apelación formulada por la actora, quedando confirmada la sentencia de f.....