este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescentes actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y 177 Parágrafo Segundo, literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes, DECLARA a la ciudadana NAYLUX EHIBETH AMANAD HERNANDEZ, y a los beneficiarios NAYIBE DEL CARMEN HERNANDEZ, HEILYN ISTMAR, MEILIN YESIREE, LUISANA HAZIER, LUNBANSKY AMANAD ARANGUREN, (IDENTIDADES OMITIDAS) y el niño (IDENTIDAD OMITIDA) (coheredero) por derecho de representación de su Premuerta madre NAIRELYN YABSIEL AMANAD HERNANDEZ, UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, de quien en vida respondía al nombre de LUIS ENRIQUE AMANAD, quien era Venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº5.252.326.
Hágase entrega de la totalidad del presente asunto a la parte in.....