declara estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: MIRIA COROMOTO VIRGUEZ DE DELGADO, CRUZ RAMON DELGADO VIRGUEZ, DULCE SORAYA DELGADO VIRGUEZ, YAMIRA COROMOTO DELGADO VIRGUEZ, MIRIAN ANTONIA DELGADO VIRGUEZ, JOSE VALENTIN DELGADO VIRGUEZ, JULIO CESAR DELGADO VIRGUEZ, LUIS MANUEL DELGADO VIRGUEZ, ROSA VIRGINIA DELGADO VIRGUEZ y GLORIA ARACELIS DELGADO VIRGUEZ, el derecho a suceder del causante: JULIO RAMON DELGADO, dejando siempre a salvo los derechos de terceros, todo conforme a lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.-