En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Transito y con Competencia Transitoria en del Protección del Niño y del Adolescente de este Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Desistido el recurso de apelación formulado por la parte demandada, quedando en consecuencia, definitivamente firme y con efectos de cosa juzgada, la sentencia definitiva, dictada en fecha 25-05-2010, por el Tribunal Unipersonal Nº 01 de Protección del Niño, Niña y Adolescente en este Primer Circuito Judicial del Estado Portuguesa, mediante la cual, declara con lugar la demanda de divorcio y en consecuencia, disuelto el conyugal contraído por los referidos ciudadanos por ante la Parroquia Civil San Juan de Guanaguanare el 20-03-1997, tal como consta en el Acta Nº 24; en los términos y condiciones acordados en dicho fallo, en el presente juic.....