Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano ALEJANDRO JOSÉ PÉREZ BRITO, en su condición de Vice-Presidente de la sociedad mercantil demandada-recurrente, CONSTRUCTORA PÉREZ BRITO, C.A. (COPEBRICA), asistido por el abogado PEDRO ANTONIO MORALES, contra la sentencia de fecha 06 de julio del año 2009, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare. En consecuencia, se ordena la remisión de la causa al Juzgado de origen.
SEGUNDO: SE CONDENA EN COSTAS del recurso de apelación a la parte demandada-recurrente, CONSTRUCTORA PÉREZ BRITO, C.A. (COPEBRICA), de conformidad con lo previsto en el artíc.....