DISPOSITIVA
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la Obligación de Manutención, solicitada por la ciudadana: Rosa Amparo Hidalgo Quevedo, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 16.645.096, en representación de su hija xx, contra el ciudadano: Evelio Montilla, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº12.333.209, domiciliado en la parroquia La Concepción, Caserío La Divisoria Municipio Sucre del estado Portuguesa, y fija la cantidad de trescientos bolívares (Bs.300,oo), mensuales, y el doble de dicha cantidad en los meses de septiembre y diciembre de cada año para útiles escolares y estrenos decembrinos, y medicina cuando lo amerite. Se ordena que dicha cantidad sea depositada por ante el Banco.....