En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Parcialmente Con Lugar, la pretensión de cobro o reembolso de mejoras realizadas en el inmueble arrendado, incoado por el ciudadano JOSÉ ELI PINEDA, contra la ciudadana EVAN PASTORA DIAZ MALVACIAS, ambos identificados.
En consecuencia, a los fines de determinar el valor de las mejoras realizadas por el actor en el inmueble propiedad de la demandada, ya especificadas y debidamente autorizadas por la demandada, se acuerda una experticia complementaria del fallo que será realizada por un experto designado por las partes, o en su defecto por el Tribunal, para que proceda a avaluar las mencionadas mejoras realizadas en el mencionado local comercial precisando el valor efectivo y actual de los materiales empleados .....