D E C I S I Ó N
En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y Menores del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO ambos desistimientos, se declara FIRME Y CON AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, el 10 de Agosto de 2007, la cual declaró SIN LUGAR la pretensión de DESALOJO DE INMUEBLE, intentada por el ciudadano EDWIN RAMÓN MEJÍAS VASQUEZ contra IVONNE AZUAJE, y se condenó en costas a la parte actora por haber resultado totalmente vencida, de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil; todo lo cual así se declara en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y por ende, se declara TERMINADO el presente juicio de DESALOJO y se ordena bajar el expediente al Juzgado Tercero de Primera Instanci.....