este Juez IV de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en virtud del poder jurisdiccional ordena la celebración del Juicio Oral y Público en la causa seguida a los acusados JHONNY JAVIER ROMERO CASANOVA y ANTONIO JOSE OLIVARES PEÑA; por los delitos de OCULTAMIENTO DE DOCUMENTO PUBLICO, FORMACION DE ACTO FALSO EN GRADO DE COOPERACION, ALTERACION DE DOCUMENTO PUBLICO y COMPLICIDAD EN EL DELITO DE ALTERACION DE DOCUMENTO PUBLICO, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO; prescindiendo de los escabinos, por lo que se realizará el mismo de manera unipersonal y en consecuencia se fija la fecha para la celebración del Juicio Oral y Público para el día 01 de Febrero de 2005, a las 10:00 de la mañana; el lapso previsto en el artículo 342 del Código Orgánico Procesal Penal comenzará a transcurrir a partir de la presente fecha.