Por lo tanto, este Juez IV de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en virtud del poder jurisdiccional ordena la celebración del Juicio Oral y Público en la causa seguida a al acusado JOSÉ GREGORIO ARAUJO ESCALANTE, por el delito de Ocultamiento Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO; prescindiendo de los escabinos, por lo que se realizará el mismo de manera unipersonal y en consecuencia se fija la fecha para la celebración del Juicio Oral y Público para el día 13 de Febrero de 2006, a las 10:00 de la mañana, el lapso previsto en el artículo 342 del Código Orgánico Procesal Penal comenzará a transcurrir a partir de la presente fecha.
Notifíquese a las partes, convóquese para la celebración del Juicio Oral y Público. Cúmplase lo ordenado
El Juez IV de Juicio
La Secretaria
Abg. Víctor Hugo Mendoza Cabrera
Abg. Susana González.....