este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR: la demanda por motivo de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, instaurada por el ciudadano YEKER DOUGLAS MESA ARBOLEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.563.665, de este domicilio, asistido por el Abogado Wilfredo Menfong Sun Moreno, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.062.388, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 70.618, contra la sociedad mercantil INVERSIONES VILLAS EL MORRO 2.000 C.A.
SEGUNDO: Se advierte que una vez quede firme la presente decisión remitirá oficio con copia certificada de la presente decisión al registro respectivo, para que sirva como documento traslativo de propiedad de conformidad con lo establecido en el articulo 531del Código de Procedimiento Civ.....