En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, de conformidad con el artículo 185 del Código Civil en concordancia con la Sentencia Nro.: 446/2014 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia y consecuencialmente declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos BONNY YANET RODRIGUEZ PEROZO y MIGUEL JOSE RIVAS PARRA, venezolanos, mayores de edad, Titulares de las cédulas de Identidad N° 15.004.515 y N° 10.925.330, de este domicilio respectivamente. En consecuencia, ofíciese a la Autoridad Civil del Juzgado Tercero del Municipio Caroní, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, para que agregue la nota marginal correspondiente a la decisión, .....