En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Desistido el procedimiento de Cobro de Prestaciones Sociales intentado por lo ciudadano CARLOS A QUINTERO A, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro 17..134.977, en contra de la empresa demandada COMERCIAL KAREN C.A.