DECISIÓN
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral del estado Portuguesa sede Acarigua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara extinguida la acción por desinterés en ejecutar. Regístrese, publíquese y notifíquese a las partes para que tengan conocimiento de la presente decisión, practicar la notificación de conformidad con lo establecido en el articulo 42 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras.
El Juez, La Secretaria,
Abg. Antonio María Herrera Mora, Abg. Marlene Rodríguez,