-III-
DISPOSITIVO.
En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, DECLARA: EXTINGUIDA LA ACCION Y PROCEDIMIENTO, en el presente juicio de INTERDICCION CIVIL intentado por Ciudadano ARIS UBALDO BIONDI ORSIELES, Venezolano, Titular de la Cedula de Identidad N° V-4.382.365 y de este domicilio, contra la ciudadana MARÍA CRISTINA ORZIERI DE BIONDI, Venezolana, Titular de la Cedula de Identidad N° V-12.849.374 y de este domicilio, en los términos contenidos en el mismo. Se da por terminado el juicio y ordena el archivo del expediente.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto, a los Dos (02) días del m.....