D I S P O S I T I V A
Con base a los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure Del Segundo Circuito De La Circunscripción Judicial Del Estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuelay por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se IMPARTEHOMOLOGACIÓNa la a la aceptación por parte de la ciudadanas: MARIA SALOME AZEVEDO PEQUENEZA, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad N° V 9.626.307; YANETH CAROLINA DE SOUSA AZEVEDO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V 20.272.710, y CLAUDIA MANUELA DE SOUSA AZEVEDO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V 25.318.197, asistida por la abogada LILIA MARIA PIÑERO GONZÁLEZ, venezolana, solera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.070.906, inscrito en el Inpreabogado con el Nº 211.366, con relación al contenido y la .....