Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución N° 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA PENA TOTAL, a la ciudadana TORRELLES DILIA COROMOTO, venezolana, natural de Acarigua, soltera, nacida el 19/02/1.967, de profesión oficio del hogar, grado de instrucción 3er año de bachillerato titular de la cédula de identidad N° 9.843.731, hija de José Raúl González y Juana Bautista, domiciliada en la Urbanización Durigua Sector 2 calle 6 Nº 22 Acarigua Estado Portuguesa, de conformidad con el Artículo 105 del Código Penal, por cumplimiento de la misma, por la comisión del delito DISTRIBUCIÓN ILICITAS DE ESTUPEFACIENTES establecido en el articulo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano, y se ordena el archivo definitivo de la causa en la oportunidad l.....