DECISIÓN
Por las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR: la apelación formulada por la ciudadana Maria Rivero, en su condición de heredera legitima del de cujus Ubel José Rivero Rivero, parte actora en la presente causa, asistida por el abogado Carlos Cedeño Azocar, contra la sentencia de fecha 15 del mes de Septiembre del año 2.004, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, que declaró CON LUGAR LA PRESCRIPCION de la acción y consecuencialmente SIN LUGAR la acción intentada por el ciudadano UBEL JOSÉ RIVERO RIVERO contra CONCRETERA LOS LLANOS C.A., por la razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: SE REVOCA la sente.....