Por cuanto no ha habido Oposición este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Articulo 936 en concordancia con el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle al ciudadano: ROSAURO RODRIGUEZ SANCHEZ, la cualidad de ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del Causante: ERNESTO RODRIGUEZ GONZALEZ, vocación hereditaria que le viene conforme al Artículo anteriormente mencionado, en concordancia con los Artículos 822 y 825 del Código Civil, quedando a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
La Jueza,
Abg. Sarath Theresa Cárdenas Márquez.
La Secretaria,
Abg. María Samantha Hernánde.....