Se emplazó a las partes para que concurran ante el Juez de Juicio en un plazo común de cinco (5) días. Se instruyó a la secretaria para que remita al Tribunal de Juicio competente las presentes actuaciones.
Téngase por notificadas las partes presentes por cuanto el pronunciamiento se dictó en sala.
Dado, firmado y sellado por ante la Sala de Audiencias del Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en función de Control Nº 2. Sección Adolescentes. Extensión Acarigua, a los dos (02) días del mes de Julio del dos mil siete.
ABG. NIORKIZ AGUIRRE BARRIOS
JUEZ DE CONTROL N° 02
ABG. URYDY COLINA
SECRETARIA