DISPOSITIVA
En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio (unipersonal) del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ABSUELVE al ciudadano YORBIN EMILIO OJEDA TORREALBA, quien es venezolano, natural de Acarigua del Estado Portuguesa, de 26 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 15.691.440, de profesión u oficio desconocido, residenciado en el Caserío Mijagüito, vía principal, La Misión, del Estado Portuguesa, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 y 6 ordinales 1, 2, 3 y 8 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, cometido en perjuicio de ANA MONAGAS CARRILLO Y GUSTAVO RAFAEL MACHADO, de conformidad con el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal.
No se condena en costas al Estado, por los motivos.....