Vista el Acta Conciliatoria que antecede celebrada en fecha 23 de junio de 2010 por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público con competencia en Materia de Protección al Niño, Niña, Adolescente y la Familia del Primer Circuito de esta Circunscripción Judicial, entre los ciudadanos YHONDER JOSÉ PIERUZZINI y NILIAN KARINA BASTIDAS BASTIDAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 17.259.362 y 20.543.272, respectivamente, sobre la FIJACIÓN DE ACUERDO DE CUSTODIA en beneficio del niño ..............................., de 10 meses de nacido, considerando que el siguiente acuerdo es el más conveniente al interés superior del niño, acordando que entre ambos progenitores ejercerán la Custodia de manera compartida de su referido hijo, de conformidad con el Art. 359 de la LOPNNA, estableciendo para ello que cada uno de los padres asume con responsabilidad el resguardo de los derechos e intereses de su hijo con respecto al ejercicio efectivo de la Custodia; y.....