Es por estos razonamientos, que este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos GLADYS JOSEFINA VALERA JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-15.868.281, con domicilio en el Barrio La Arboleda, calle 2, casa Nº 217, Villa Araure 1, Municipio Araure Estado Portuguesa, numero de telefono; 0424-5290626 y EDGAR ORLANDO PULIDO NOGUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-16.787983, con domicilio en Coloncito, Estado Tachira, sector plaza Venezuela, calle 11, casa Nº C-24, numero de telefono; 0412-5762518, Correo; pulidoedgar583@gmail.com, asistidos en este acto por la Abogada en ejercicio JANETT LIZHT MUJICA, titular de la cedula de identidad N° V-8.660......