Como consecuencia de los fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Funciones de Control N° 1, Administrando Justicia y en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA CESACIÓN DE LAS MEDIDAS SUSTITUTIVAS establecidas en el artículo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal que le fueron impuestas a la imputada ARGENIS JOSÉ TORRES TOVAR, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 21-08-80, Titular de la Cédula de Identidad N° 16.385.052, residenciado en el Barrio José Antonio Páez, casa S/N, de Guanarito Estado Portuguesa.
Se ordena el archivo definitivo del presente Cuaderno en su oportunidad legal.
Regístrese y notifíquese al Fiscal Primero del Ministerio Público.
El Juez de Control N° 1,
Abg. Luis Alberto Hernández
La Secretaria,
Abg. Tania Rivero