Por cuanto se observa que no hubo oposición en este procedimiento, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el Artículo 825 del Código Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarles a las Ciudadanas: MILEIDIS KARINA MARQUEZ PALENCIA, MIRIALYS ISABEL MARQUEZ PALENCIA, MIRVELYS DEL CARMEN MARQUEZ PALENCIA la cualidad de Únicos y Universales Herederas del causante ALIS MARQUEZ JIMENEZ, quedando a salvo los derechos de terceros. Devuélvase estas actuaciones en original con sus resultas.
El Juez Provisorio,
Abg. Henry Ramón Rodríguez Guevara
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