DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto en fecha 19 de junio de 2024, por el Abogado DOUGLAS JAVIER PANZA, en su condición de defensor privado del ciudadano JULIO CESAR MEJÍAS GUILLEN, titular de la cédula de identidad Nº V-16.475.985, en contra de la decisión publicada en fecha 10 de junio de 2024, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nº 2, del Circuito Judicial Penal, con sede en Guanare, en la causa penal Nº 2CS-15378-24, con ocasión a la excepción opuesta en fase de investigación por la defensa técnica, conforme al artículo 28 numeral 4 literal C del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en que los hechos no revisten carácter penal, la cual fue declarada sin lugar.
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