Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de Pena y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por el cumplimiento de la condena bajo el Beneficio de Suspensión Condicional de la Pena, a favor del penado relacionado con la penada: {.......}, titular de la cédula de identidad Nº V- {.......}, venezolana, natural de Barquisimeto, Estado Lara, nació el día 22/03/1966, de 48 años de edad, estado civil: Concubina, de profesión u oficio: Higienista Dental, grado de instrucción: Bachiller, hija de Catarino Antonio Betancourt y Juana Bautista Virguez, con ultimo domicilio en la avenida Principal Retén Abajo, Sector La Concha, casa Nº 6, Parroquia Tamaca, Municipio Iribarren del Estado Lara, quien fuera condenada por sentencia de fecha.....