D I S P O S I T I V A
Por todas las razones de hecho y de derecho, éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de Restitución de Guarda, incoada por la ciudadana LUISA JOSEFINA TORRES, antes identificada, en contra del padre de su hija, (IDENTIFICACIÓN OMITIDA), ciudadano GUMERSINDO ANTONIO RODRIGUEZ, también identificado en autos. En consecuencia se ORDENA al precitado ciudadano RESTITUIR de forma inmediata la GUARDA de la niña (IDENTIFICACIÓN OMITIDA), a su progenitora, a quien se autoriza para solicitar de ser estrictamente necesario, la colaboración de la fuerza pública o cualquier otra institución integrante del Sistema de Protección del Niño y el Adolescente, en atención al principio de solidaridad y participación que disponen los artículo 4, 5 y 6 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente.
Regístrese y Publíquese. Not.....