DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara: DECLINA LA COMPETENCIA para conocer de la presente causa al Juzgado (Distribuidor) Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental. Remítase todas las actuaciones procesales de la presente causa al Juzgado al cual se ha declinado la competencia, de conformidad con el articulo 9 ordinal 3º, 4º y 8º, de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, de toda vez se contrae, dilucidará sobre afectación de derechos del estado sobre bienes muebles e inmuebles y sobre ello se pronunciará en la sentencia definitiva, es por lo que esta Juzgadora se declara incompetente y declina la competencia déjese transcurrir el lapso de impugnación de competenc.....