De lo expuesto anteriormente, y visto lo dicho de los testigos que participaron en la conformación de este justificativo, aunado a la norma legal en comento y al no haberse realizado ninguna Oposición, es por lo que este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con dispositivo legal del Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias bastantes para asegurarle al ciudadano JESUS ARTURO MENDOZA JOTA, ya identificado, el Derecho de Propiedad y Posesión sobre una Parcela de Terreno Municipal, con una área total de (76,44 Mts2) y un área de construcción de (28,00 Mts2), ubicada en el Barrio 5 de Julio calle Nº 03 de esta ciudad Guanare del estado Portuguesa, bajo los siguientes linderos: NORTE: Solar y casa de Rafaela Mendoza; SUR: .....