Asimismo, no habiendo sido objetado el presente Divorcio por parte de la Fiscal Cuarta del Ministerio Público Especializada para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. Este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TURÉN, SANTA ROSALÍA Y ESTELLER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio y por consiguiente DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos: EMPERATRIZ ESCORCHA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-25.161.090, domiciliada en Jobal Arriba Sector II, de Píritu Municipio Esteller del Estado Portuguesa y MIRANIS VEGA BARZAGA, extranjero, mayor de edad, con número de pasaporte Nº X 004783, número de teléfono: + 51 940709724, domi.....