DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones expuestas, este Tribunal de Juicio de la Sección Penal Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Con lugar el decaimiento de la medida cautelar de prisión preventiva, solicitada por el Defensor Público Abogado Luis Alberto Arocha Villanueva, para su defendido (Se omite conforme al parágrafo segundo artículo 65 y 545 LOPNNA), por cuanto transcurrieron tres meses, que como límite establece el legislador para mantener esta medida y que fuere decretada en fecha 02-08-2011 al adolescente Neptalí Rubén Palencia, tomando en consideración que el día de mañana fue decretado como día de jubilo no laborable por la Alcaldía de esta ciudad, decreto acogido por la Rectoría de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: se sustituye la medida cautelar de prisión preven.....