DISPOSITIVA
Por todas las razones precedentemente expuestas, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 621, 629 y 646 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente Acuerda MANTENER el cumplimiento de las medidas de REGLAS DE CONDUCTA impuesta al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA ......, en Libertad, y a los fines de controlar el cabal cumplimiento de la sanción de Reglas de conducta impuesta, se le impone la obligación de consignar para la primera quincena del mes de febrero 2.009, la respectiva constancia de trabajo, hasta el cumplimiento total de las sanciones impuestas.
Ofíciese lo conducente. Publíquese, diarícese y déjese copia.
Dictada, firmada y sellada en la sede de este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Por.....