En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Perimida la Instancia, en el presente juicio de resolución de contrato de venta con reserva de dominio, seguido por la entidad bancaria MERCANTIL C.A. BANCO UNIVERSAL, contra la ciudadana MARIA DE LOS SANTOS VALERA, ambos identificados.
Se declara sin lugar la apelación del Abogado RAFAEL BENITO MONAGAS ESCALONA y queda confirmada la decisión interlocutoria, dictada en fecha 28-07-2010 por el Juzgado Segundo del Municipio Guanare de este Primer Circuito Judicial del Estado Portuguesa.
Así se acuerda.
No hay imposición de costas por mandato del artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.