DISPOSITIVA:
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la Obligación de Manutención, solicitada por la ciudadana: Ángela Aurora González Aldana, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de Identidad Nº 14.835.293, en representación de sus hijas xx y xx, de 8 y 9 años de edad, contra el ciudadano: Nelson Dario Briceño González, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de Identidad Nº 16.644.702, y fija la cantidad de un mil ochocientos bolívares (Bs.1.800,00) mensuales, el doble en el mes de septiembre para útiles escolares y uniformes, y en el mes de diciembre la cantidad de Un mil quinientos bolívares (Bs.1.500,00) para cada una de las niñas, con la finalidad de cubrir lo relativo a los gastos en el mes de diciembre.....