DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil y por consiguiente Disuelto el Vinculo Matrimonial contraído por los ciudadanos ANA MAJEWSKY PAULUK Y CHEKIB ADIB JAOUHARI, por ante la Alcaldía del Municipio Catedral, del distrito Iribarren del Estado Lara, en fecha 01 de Agosto de 1.980, acta número 468, folio 211 vuelto del Libro de Registro Civil de matrimonios llevados por ese Despacho durante el año 1.980. En lo concerniente a la Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza del hijo será ejercida de manera conjunta por ambos progenitores, siendo que La Custodia del adolescente la ejercerá la madre. La Obligación de Manutención, el padre suministrara la suma de CINCO MIL BOLIVARES MENSUALES (Bs. 5000,00), como obligación de manutención, así como también como los pagos de las mensualidades correspondientes a los colegios y universidades de los hijos hasta que cumplan la edad de 25 años, suma esta que será depositada en la cuenta corr.....